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REQUISITOS POLICIA LOCAL

Requisitos para ser Policía Local

Requisitos para oposiciones a Policía Local

Para poder presentarse a las oposiciones a Policía Local es necesario cumplir con los requisitos que detallamos a continuación.

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Requisitos generales para ser Policía Local

En cuanto a los requisitos para ser Policía Local encontramos los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española.
  • El aspirante deberá tener al menos 18 años cumplidos en el momento de la celebración de las oposiciones. En cuanto a la edad máxima dependerá de cada convocatoria y se consultará en el BOE. No obstante, por norma general se establece en los 30, 35 ó 40 años.
  • La estatura mínima variará también de una convocatoria a otra, pero la más habitual será de 1,60 m en el caso de las mujeres y 1,65 m en el caso de los hombres.
  • Será requisito imprescindible estar en posesión de los permisos de conducción A, B y BTP.
  • No se podrán presentar a las oposiciones a la Policía Local aquellos que hayan sido separados mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o de cualquier otra institución jurídica o pública. Tampoco se podrá estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  • La titulación académica mínima exigida variará en función de la convocatoria, pero generalmente será necesario estar en posesión al menos del Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), Bachiller LOGSE o FP de Segundo Grado o equivalente.

Exclusiones médicas para la Policía Local

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También es importante considerar los motivos médicos que podrían llevar a dificultar o incluso impedir el acceso. En este sentido vamos a presentar un listado de exclusiones médicas para ser Policía Local, pero es importante considerar que dichas exclusiones pueden ser temporales, es decir, con el paso del tiempo se solucionan, o definitivas. Si se da el segundo caso deberemos ponernos en contacto con el órgano convocante de la oposición a la que pretendemos presentarnos para asegurarnos de que realmente será considerada una exclusión en nuestra convocatoria concreta.

Es importante tener en cuenta que todas estas condiciones serán comprobadas en el reconocimiento médico que tendrá lugar una vez finalicen los ejercicios de las oposiciones a Policía Municipal (test, psicotécnicos y físicos) siempre y cuando hayan sido aprobados. En el caso de que un aspirante no consiga superarlos, automáticamente se llamará al siguiente de la lista en función de las calificaciones obtenidas.

Talla mínima

Se establecerá una estatura mínima para cada convocatoria, la cual se comprobará durante las oposiciones.

Aquellos que no cumplan con este requisito estarán excluidos de la prueba.

Relación entre peso y talla

El peso máximo se deducirá de la siguiente fórmula:

Peso = (Estatura en centímetros – 100) + 20

El peso mínimo se deducirá de la siguiente fórmula:

Peso = (Estatura en centímetros – 100) – 20

Exclusiones circunstanciales

Serán consideradas exclusiones circunstanciales la enfermedad o lesiones agudas que cuenten con solución médica (o quirúrgica) que se presenten en el momento del reconocimiento, las cuales puedan producir secuelas que lleven a la imposibilidad o dificultad para la realización de las labores exigidas en el puesto al que se oposita.

En estos casos se fijará un nuevo plazo para la comprobación del estado del aspirante, facilitando una certificación donde figuren las posibles secuelas que hayan podido quedar o si han desaparecido los motivos de exclusión circunstancial.

Exclusiones definitivas de carácter general

Serán consideradas exclusiones definitivas de carácter general los defectos físicos o adquiridos que dificulten la función pública en relación con el puesto al que opta o que puedan presentar agravante en el caso de desempeño del mismo.

Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema que puedan afectar a la realización de las actividades propias del puesto al que oposita. También son incluidas aquellas que puedan agravarse con el ejercicio del mismo, incluyendo las alteraciones del sistema nervioso como la depresión, la epilepsia, el temblor de cualquier causa, las jaquecas, el alcoholismo, las toxicomanías y aquellos procesos patológicos que se consideren dificultan o impiden el desarrollo de la función policial.

Exclusiones definitivas de carácter específico

Finalmente también es importante tener en cuenta las exclusiones definitivas de carácter específico que son las siguientes:

  • Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
  • Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar gafas o lentillas.
  • Desprendimiento de retina.
  • Discromatopsias que imposibiliten para el desempeño de la labor policial.
  • Estrabismo.
  • Hemianopsias.
  • Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberán ser superiores a:
  • La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este cuadro se hará sólo y exclusivamente en el centro médico y por el Tribunal Médico designado al efecto­, y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploración.
  • Presión sistólica: 145 mm/Hg. Presión diastólica: 90 mm/Hg.